Las funciones y facultades del Ombudsmus Mundial, como defensor público, incluyen las siguientes1:
Proteger a los Pueblos de la Tierra y a todos los individuos contra violaciones o el descuido de los derechos humanos y civiles universales que se estipulan en el Artículo 12 y otras secciones de la Constitución Mundial.
Proteger a los Pueblos de la Tierra contra las violaciones de la Constitución Mundial por parte de cualquier funcionario o agencia del Gobierno Mundial, incluidos los funcionarios electos y designados o los empleados públicos, independientemente del órgano, departamento, oficina, agencia o rango.
Impulsar la implementación de los Principios Rectores para el Gobierno Mundial, según se definen en el Artículo 13 de la Constitución Mundial.
Promover el bienestar de los pueblos de la Tierra procurando asegurar que se logren condiciones de justicia social y de minimización de las disparidades en la implementación y administración de la legislación mundial y el derecho mundial.
Mantenerse alerta ante los peligros para la humanidad derivados de innovaciones tecnológicas, alteraciones ambientales y otras diversas fuentes, y emprender iniciativas para la corrección o prevención de tales peligros.
Verificar que la administración de leyes, ordenanzas y procedimientos por lo demás adecuados del Gobierno Mundial no dé lugar a injusticias o inequidades imprevistas, ni quede paralizada en la burocracia o en los detalles de la administración.
Recibir y escuchar las quejas, agravios o solicitudes de ayuda de cualquier persona, grupo, organización, asociación, cuerpo político o agencia respecto de cualquier asunto que sea de la competencia del Ombudsmus Mundial.
Solicitar a la Oficina de los Fiscales Generales Mundiales o a cualquier Fiscal Mundial Regional que inicie acciones legales o procedimientos judiciales siempre y dondequiera que se considere necesario o conveniente a juicio del Ombudsmus Mundial.
Iniciar directamente acciones legales y procedimientos judiciales siempre que el Ombudsmus Mundial lo considere necesario.
Examinar el funcionamiento de los departamentos, oficinas, dependencias, comisiones, institutos, órganos y agencias del Gobierno Mundial para determinar si los procedimientos del Gobierno Mundial cumplen adecuadamente sus propósitos y sirven al bienestar de la humanidad de manera óptima, y formular recomendaciones de mejora.
Presentar un informe anual al Parlamento Mundial y al Presidium sobre las actividades del Ombudsmus Mundial, junto con cualesquiera recomendaciones de medidas legislativas para mejorar el funcionamiento del Gobierno Mundial con el fin de servir mejor al bienestar de los Pueblos de la Tierra.
Referencias:
1. Sección 11.1, Artículo 11 de la Constitution for the Federation of Earth (CFoE).
Última actualización de la página: 2026-07-11
