El Consejo de Ombudsmen Mundiales es asistido por una Comisión de Abogados Mundiales de veinte miembros.
Miembros de la Comisión:
Nominación:
Los miembros de la Comisión de Abogados Mundiales son nominados por el Consejo de Ombudsmen Mundiales de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, presentándose entre dos y tres candidatos por cada Región.
Elección:
Se elige un Abogado Mundial de cada una de las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales por las tres Cámaras del Parlamento Mundial en sesión conjunta.
Mandato:
Los Abogados Mundiales ejercen mandatos de cinco años y pueden ejercer un máximo de cuatro mandatos sucesivos.
Requisitos:
Al menos treinta años de edad, al menos cinco años de experiencia jurídica, y formación en derecho y otra educación pertinente.
Referencias:
1. Sección 11.2, Artículo 11 de la Constitution for the Federation of Earth (CFoE).
Última actualización de la página: 2026-07-11
